La ética es necesaria en el quehacer medico para dar confianza al paciente. este tiene que estar seguro de la integridad moral del profesional para poder confiarle su vida y su salud.
La ética debe ser una convicción que posea el profesional y que influya en todo su quehacer.
"la medicina es un arte que se lleva en el corazón. Decir frases agradables es tarea de la boca, mientras que ayudar a ser útil es tarea del corazón".
Al Razi,medico árabe.
El secreto profesional o confidencialidad
La confidencialidad es importante porque los seres humanos merecen respeto y la mejor forma de demostrar respeto por los pacientes es conservando su privacidad lo mas intacta posible.
El alto valor que se le otorga a la confidencialidad se basa en tres elementos: la
autonomía, el respeto por los demás y la confianza.
- La autonomía se debe tener en cuenta porque la información personal respecto a cada persona le pertenece a esa persona, y solo se da a conocer con su consentimiento previo. En el momento en que la informaron queda a la luz, verbigracia, en un test medico, todo el personal esta en la obligación de mantenerla confidencial.
- El respeto que a su vez compromete la privacidad, es fundamental para llegar a la vida de los pacientes de la manera mas adecuada; ademas, cada paciente debe ser tratado de forma diferente, según sea su deseo de compartir o no aspectos de la vida personal con los demás.
- La confianza es parte esencial en la relación médico-paciente, ya que el paciente debe revelar información personal a su medico tratante y demás personal asistencial que deba intervenir en su proceso de recuperación, que visto de otra forma serian un grupo de extraños para el paciente; pero el paciente debe saber que si retiene información podría estar interviniendo en los esfuerzos médicos para realizar un intervención eficaz de su patología o necesidad fisiológica.
La Asociación Medica Mundial (AMM) declara sobre los derechos del paciente que:
- Toda la información identificable del estado de salud, condición médica, diagnóstico y tratamiento de un paciente y toda otra información de tipo personal, debe mantenerse en secreto, incluso después de su muerte. Excepcionalmente,los descendientes pueden tener derecho al acceso de la información que los prevenga de los riesgos de salud.
- La información confidencial sólo se puede dar a conocer si el paciente da su consentimiento explícito o si la ley prevé expresamente eso. Se puede entregar información a otro personal de salud que presta atención, sólo en base estrictamente de “necesidad de conocer”, a menos que el paciente dé un consentimiento explícito.
- Toda información identificable del paciente debe ser protegida. La protección de la información debe ser apropiada a la manera del almacenamiento. Las substancias humanas que puedan proporcionar información identificable también deben protegerse del mismo modo.
La declaración de la AMM también trae algunas excepciones para el requisito de la confidencialidad:
- Muchas personas (médicos, enfermeras, técnicos de laboratorios, estudiantes, etc.) deben tener acceso al historial de salud del paciente a fin de prestarle una atención adecuada y para los estudiantes, aprender a practicar la medicina.
- Cuando los pacientes hablan un idioma diferente al de sus médicos, es necesario intérpretes para facilitar la comunicación.
- Los pacientes que no están capacitados para tomar decisiones acerca de su tratamiento medico, hay que entregar información a otras personas sobre ellos para que puedan tomar decisiones en su lugar y atenderlos.
- El médico informa habitualmente a los familiares de la persona fallecida la causa de su muerte.
- El cumplimiento de requisitos legales. Verbigracia, muchas jurisdicciones tienen una legislación sobre la obligatoriedad de informar sobre los pacientes que sufren ciertas enfermedades designadas, los que no están aptos para conducir y los sospechosos de maltrato infantil.
- El medico tiene el deber ético de entregar información confidencial a otros que pudieran correr riesgo de ser perjudicados por el paciente. Verbigracia, cuando un paciente le dice a su psiquiatra que tiene intenciones de herir a otra persona y cuando el médico está convencido que un paciente seropositivo seguirá teniendo relaciones sexuales sin protección con su esposa y con otras personas.
Nota:
Estas excepciones de la confidencialidad están justificadas, pero deben mantenerse en el mínimo.Cuando sea posible, se debe informar a los pacientes sobre estas filtraciones.
Los requerimientos legales pueden entrar en conflicto con el respeto de los derechos humanos que sirven de fundamento a la ética médica. Por lo tanto, el médico debe considerar con un ojo crítico todo requerimiento legal para violar el secreto y asegurarse que está justificado antes de respetarlo. Si el médico está convencido de que cumple con las exigencias legales para revelar la información médica de un paciente, es mejor que hable con el paciente sobre la necesidad de toda revelación antes que lo haga y obtenga su cooperación.
Los requerimientos legales pueden entrar en conflicto con el respeto de los derechos humanos que sirven de fundamento a la ética médica. Por lo tanto, el médico debe considerar con un ojo crítico todo requerimiento legal para violar el secreto y asegurarse que está justificado antes de respetarlo. Si el médico está convencido de que cumple con las exigencias legales para revelar la información médica de un paciente, es mejor que hable con el paciente sobre la necesidad de toda revelación antes que lo haga y obtenga su cooperación.
Casos donde el medico determina revelar la información no autorizada:
Primero en medico debe saber dos cosas:
- ¿A quién debe contarle? Debe estar dirigida únicamente a los que la necesitan a fin de evitar todo perjuicio.
- ¿Cuánto debe decir? Sólo se debe revelar la información necesaria.
El médico antes de revelar la información debe:
- Informar al paciente que el secreto puede ser violado por su propia protección y la de su víctima potencial.
- Se debe tratar de obtener la cooperación del paciente si es posible.
En el caso de un paciente seropositivo: la entrega de información a la esposa o a la pareja sexual actual puede que no sea contraria a la ética y en realidad puede estar justificada cuando el paciente no está dispuesto a informar a la persona en riesgo.
Se deben reunir todas estas condiciones para proceder a revelar información:
- El paciente corre el riesgo de infectarse con el VIH y no tiene otros medios razonables de conocer el riesgo.
- El paciente se ha negado a informar a su pareja sexual.
- El paciente ha rechazado un ofrecimiento de ayuda de parte del médico para hacerlo en su nombre.
- El médico ha informado al paciente su intención de revelar información a su pareja.
En el caso de los sospechosos o delincuentes convictos: plantea dificultades particulares con respecto a la confidencialidad.
- El médico al atender a una persona en custodia tiene una independencia limitada.
- Debe hacer lo posible por tratar a estos pacientes como lo haría con los otros.
- El médico debe respetar la confidencialidad al no revelar detalles de la condición médica del paciente a las autoridades de la prisión, sin obtener antes el consentimiento del paciente.
Historia clínica
La identificación de la historia clínica se hará:
- Con el número de cédula de ciudadanía para personas mayores de edad.
- Para los menores de 7 a 18 años con el número de tarjeta de identidad.
- El número del registro civil para menores de 7 años.
- Las personas extrajeras con su cédula de extranjería o pasaporte.
- Si los menores de edad no tienen identificación se tomará la cédula de la madre o padre (en ausencia de ésta), seguido del número consecutivo de acuerdo al orden del menor en el grupo familiar.
El comité de historias clínicas es el conjunto de personas que al interior de una institución prestadora de servicios de salud se encarga de velar por el cumplimiento de las normas para el correcto diligenciamiento y adecuado manejo de las historias.
Bibliografía:
http://books.google.com.co/books?id=Bqd3SQXQnvQC&printsec=frontcover&source=gbs_ge_summary_r&cad=0#v=onepage&q&f=false
http://virtual.ces.edu.co/pluginfile.php/56861/mod_resource/content/0/SECRETO_PROFESIONAL.pdf
Blog realizado por:
Sandra Medina Medina.
Jennyfer Pino Aristizabal.
Maira A. Perez Hernandez.
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